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RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS ACADÉMICOS EXTRANJEROS EN ITALIA

11/4/2021

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Con la ratificación de la Convención de Lisboa (https://miur.gov.it/convenzione-di-lisbona), que se llevó a cabo mediante la Ley no. 148, se introdujo en Italia el concepto de reconocimiento definitivo del título extranjero.
Por tanto, teniendo en cuenta también los diferentes procedimientos existentes y los distintos organismos responsables de estos requisitos, antes de iniciar cualquier procedimiento de evaluación es fundamental conocer el propósito y finalidad por la que se desea solicitar el reconocimiento de un título extranjero en el sistema italiano.

Reconocimiento académico
Objeto del reconocimiento:
- acceso a un curso / Continuación de estudios en la Universidad e Instituciones AFAM;
- acortamiento del curso / Reconocimiento del período de estudios / Reconocimiento de créditos;
- obtención de la correspondiente titulación italiana (equivalencia);
- equivalencia del Doctorado en Investigación.

Órganos responsables:
- Universidades e Instituciones AFAM
- "Ministero dell'Istruzione, dell'Università e della Ricerca (MIUR)” para la equivalencia del Doctorado
El artículo 2 de la Ley 148 de 2002 establece que:
la competencia para el reconocimiento de ciclos y periodos de estudios realizados en el extranjero y titulaciones extranjeras, a los efectos de:
- acceso a la educación superior,
- la continuación de los estudios universitarios,
- la consecución de títulos universitarios italianos,
se atribuye a las universidades e institutos de educación universitaria, que la ejercen dentro de su autonomía y en cumplimiento de sus respectivas normativas, sin perjuicio de los acuerdos bilaterales en la materia.


ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR (primer ciclo)
Procedimiento para la evaluación de títulos de educación secundaria superior extranjeros para el acceso a cursos de primer ciclo (Licenciatura o diploma académico de primer nivel). Este procedimiento no transforma el título de secundaria extranjera en un título italiano, pero permite el acceso a los cursos de primer ciclo si el título extranjero reúne todas las características siguientes:
- título oficial final de estudios secundarios del sistema extranjero correspondiente;
- titulación que permite el ingreso a cursos de primer ciclo de la misma naturaleza en el sistema de referencia extranjero (por ejemplo, académico);
- calificación obtenida después de un curso general de al menos 12 años de escolaridad;
- si hay una prueba nacional o un examen final para ingresar a la educación superior, este requisito también es obligatorio para ingresar a los cursos de italiano.


CONTINUACIÓN DE LOS ESTUDIOS (acceso a cursos de segundo y tercer ciclo)
Procedimiento de evaluación de las titulaciones extranjeras de primer y segundo ciclo para el acceso a cursos de segundo ciclo (por ejemplo, "Laurea Magistrale") y tercer ciclo (por ejemplo, Doctorado en Investigación"Dottorato di Ricerca") respectivamente. Este procedimiento no transforma la titulación extranjera en una titulación italiana, pero permite la entrada a cursos de segundo o tercer ciclo si la titulación extranjera reúne todas las características siguientes:
- título oficial respectivamente de primer o segundo ciclo del sistema extranjero de referencia, emitido por una institución oficial del sistema extranjero;
- titulación que permita el ingreso a los mismos cursos de segundo o tercer ciclo en el sistema de referencia extranjero;
- titulación que presenta los elementos de naturaleza y disciplinarios correspondientes a los de la titulación italiana exigidos para la entrada (como carácter académico o elementos de investigación).

Estos requisitos se aplican a todos los estudiantes con un título extranjero, independientemente de su nacionalidad, tanto para títulos emitidos en países de la Unión Europea (UE) como fuera de la UE.

OBTENCIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS ITALIANOS (Equivalencia)
Procedimiento de evaluación de las titulaciones extranjeras de primer y segundo ciclo para la obtención de la correspondiente titulación final italiana de primer o segundo ciclo respectivamente. Este trámite tiene como objetivo emitir una calificación final italiana, es decir, tener valor legal en nuestro sistema. Históricamente, este procedimiento se puede identificar con el término “equivalencia”, aunque la Ley 148/2002 ya no utilice este término. Además, el art. 9 de la Ley 148/2002 anuló el anterior procedimiento de equivalencia.
La evaluación de una titulación extranjera a tal efecto puede producir diferentes resultados:
- la emisión del título italiano correspondiente sin la solicitud de realizar más exámenes o de presentar trabajos finales, "
riconoscimento diretto" (reconocimiento directo);
- la solicitud de realizar más exámenes / obtener más créditos y / o presentar trabajos finales para completar la parte del plan de estudios no cubierta por el título extranjero, con el fin de emitir el título italiano correspondiente; este procedimiento se puede identificar con el término "
abbreviazione di corso" (abreviatura del curso).
Para solicitar la emisión del título italiano correspondiente, el título extranjero debe cumplir con todas las siguientes características:
- ser un título oficial respectivamente de primer o segundo ciclo del sistema extranjero de referencia, emitido por una institución oficial del sistema extranjero;
- permitir la entrada a los mismos cursos de segundo o tercer ciclo en el sistema de referencia extranjero;
- presentar los mismos elementos de naturaleza y disciplina que la correspondiente titulación italiana (número de créditos, duración, carácter académico y / o elementos de investigación, etc.);
- debe existir una titulación italiana con la que se pueda comparar la titulación extranjera, tanto por tipo como por materia.
Estos requisitos se aplican a todos los estudiantes con un título extranjero, independientemente de su nacionalidad, tanto para títulos emitidos en países de la Unión Europea (UE) como fuera de la UE.
Las instituciones de educación superior italianas proporcionan directamente información sobre los procedimientos para el reconocimiento de títulos extranjeros destinados a la expedición de títulos finales italianos.


EQUIPOLENCIA DEL "DOTTORATO DI RICERCA"
En determinadas condiciones, los títulos de doctorado (PhD) expedidos por universidades extranjeras pueden ser reconocidos como equivalentes al doctorado italiano de acuerdo con lo dispuesto en el art. 74 del Decreto Presidencial 382/80. El procedimiento para la equivalencia de doctorados extranjeros no entra en el ámbito de aplicación de la Ley 148/2002, pero la autoridad competente es el "Ministero dell’Istruzione, dell'Università e della Ricerca - MIUR", que se acoge al dictamen del CUN (Consejo Nacional Universitario). .
Para información sobre los requisitos que deben cumplirse para acceder a este procedimiento de reconocimiento y sobre la documentación a adjuntar a la solicitud, dirigirse a la oficina ministerial competente:

Ministero dell’Istruzione, dell'Università e della Ricerca (MIUR)
Direzione Generale per lo Studente, lo sviluppo e l’internazionalizzazione della formazione superiore – Uff. VI
Via Michele Carcani, 61 – 00153 Roma
e-mail: dgsinfs.ufficio6@miur.it
tel. +39 06.58497061

Para obtener más información, conocer la documentación a elaborar y descargar el formulario de solicitud, puede visitar la siguiente página del sitio web de MIUR:
https://www.miur.gov.it/documents/20182/0/Equipollenza_Dottorato_ricerca_dpr382.pdf/f5ff98ae-ddff-4166-a822-83ef1b57c7f0

TABLA DE CORRESPONDENCIA ENTRE TÍTULOS ACADÉMICOS ITALIANOS Y EXTRANJEROS
El Decreto Ministerial del 1 de septiembre de 2016 n. 662 define las correspondencias entre las posiciones académicas italianas y las de algunos países extranjeros. En este enlace es posible descargar la tabla de correspondencias que es parte integrante del decreto:
http://attiministeriali.miur.it/media/303091/allegato_dm_662.pdf


Reconocimiento no académico
Existen procedimientos de reconocimiento destinados a evaluar las titulaciones extranjeras en el sistema italiano con fines no académicos y llevados a cabo por diferentes administraciones estatales.

CONCURSOS PÚBLICOS
El acceso a la Administración Pública italiana se realiza generalmente a través de un concurso público. Los titulares de un título extranjero de cualquier nivel (escuela secundaria o educación superior), sin perjuicio de los requisitos subjetivos previstos por la normativa vigente en materia de acceso al empleo público, pueden participar en concursos para puestos de trabajo en las administraciones públicas italianas a través de un procedimiento de reconocimiento implementado. de conformidad con el art. 38 del Decreto Legislativo 165/2001, modificado por el art. 8 del decreto-ley de 9 de febrero de 2012, n. 5. El procedimiento y los documentos a presentar se indican en el art. 2 del Decreto Presidencial 189/2009:
https://www.cun.it/uploads/3513/dpr%20n.189%20del%2030%20luglio%202009.pdf?v=
Este procedimiento tiene por objeto evaluar la equivalencia del título extranjero con el italiano exigido por una convocatoria específica para la admisión a los exámenes de dicho concurso, sin que se emita un título italiano (equivalencia). Este procedimiento es contextual al concurso público en el que desea participar, por lo que es necesario adjuntar el anuncio específico del concurso a la solicitud de equivalencia.
Este procedimiento no se aplica en el caso de "concursos" referidos a profesiones reguladas (por ejemplo, Profesor) o en el caso de acceso a cursos de doctorado.
El organismo responsable de este procedimiento es la

Presidenza del Consiglio dei Ministri - Dipartimento della Funzione Pubblica - UOLP - Servizio per le assunzioni e la mobilità
Corso Vittorio Emanuele II, 116 - 00186 Roma
e-mail: sam@governo.it
Posta certificata: protocollo_dfp@mailbox.governo.it
Si ya tiene la calificación italiana principal requerida para participar en una competencia y tiene la intención de que se evalúen otras calificaciones extranjeras accesorias para la atribución de puntos adicionales en competencias públicas o en el caso de progresión profesional en la administración pública, puede aplicar las disposiciones de arte. 3 párrafo 1 letra a) del Decreto Presidencial de 30 de julio de 2009, n. 189:
https://www.cun.it/uploads/3513/dpr%20n.189%20del%2030%20luglio%202009.pdf?v=

ACCESO A PRÁCTICAS CON CUALIFICACIÓN EXTRANJERA
Con base en lo dispuesto en el art. 3 párrafo 1 letra d) del Decreto Presidencial de 30 de julio de 2009, n. 189, es posible que se evalúen las calificaciones extranjeras para el acceso al aprendizaje o las prácticas requeridas como requisito para algunas profesiones reguladas. Esta evaluación la lleva a cabo MIUR previa consulta al Consejo Nacional Universitario y al Consejo Nacional o Colegio de la categoría profesional correspondiente, en su caso.
NB: Este procedimiento solo se aplica a las cualificaciones extranjeras emitidas en países de la UE, EFTA-SEE y en la Confederación Suiza.
La solicitud debe enviarse directamente a la administración correspondiente, acompañada de los siguientes documentos:
1. titulación, traducida y legalizada;
2. certificado analítico de los exámenes realizados, con traducción relativa;
3. documentación que acredite la finalidad para la que se solicita el reconocimiento del título.
La administración interesada enviará la documentación al MIUR que emitirá la disposición final en un plazo de 90 días y comunicará tanto a la administración como al interesado. Si la evaluación de la calificación extranjera es negativa, es posible presentar una solicitud de reexamen mediante la presentación de documentación adicional, dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la disposición final.
​


Reconocimiento profesional
En Italia, las profesiones se dividen en dos categorías:
- profesiones "no reguladas" por la ley
- profesiones "reguladas" por la ley


PROFESIONES NO REGULADAS
Son aquellas que se pueden practicar sin necesidad de poseer una titulación específica. Se trata de profesiones abiertas indistintamente a los titulares de títulos italianos y extranjeros.
Quien pretenda ejercer una profesión no regulada en Italia y esté en posesión de un título extranjero no necesita obtener un reconocimiento legal o formal para ingresar al mercado laboral italiano.
Ejemplos de profesiones NO reguladas: las de publicidad, comunicación, diversos sectores artísticos y musicales (por ejemplo, decorador de interiores, actor, bailarín, cantante, compositor, director, músico - instrumentista, diseñador, estilista de moda, pintor, director, escenógrafo, escultor , etc.), mediación lingüística (intérpretes y traductores), marketing y muchos otros.
Puede ser útil adjuntar a la calificación un documento que describa las características de la calificación extranjera: esto puede facilitar su comprensión por parte de un posible empleador.


PROFESIONES REGULADAS
Son aquellos cuyo ejercicio está regulado por la legislación nacional. La ley establece tanto la calificación esencial como los requisitos de formación posteriores para el ejercicio de la profesión (por ejemplo, prácticas y / o examen estatal de calificación profesional) y las normas de ética profesional.
El ejercicio de estas profesiones está amparado por la ley y está permitido únicamente a personas autorizadas de acuerdo con la legislación específica para el tipo de profesión regulada.
Quienes estén en posesión de un título profesional extranjero deben obtener el reconocimiento de la autoridad italiana competente para poder ejercer legalmente la profesión correspondiente en Italia.
El término "título profesional" significa aquel que en el país que lo emitió da derecho a ejercer una determinada profesión regulada.

Italia reconoce las cualificaciones profesionales extranjeras (el llamado reconocimiento profesional) aplicando:
- legislación comunitaria sobre cualificaciones de la UE; se trata de las Directivas 2005/36 / CE y 2013/55 / ​​UE, que establecen el reconocimiento de la profesión extranjera: la autoridad italiana competente puede supeditar el reconocimiento a una medida compensatoria (prueba de aptitud o prácticas de adaptación);
- a las cualificaciones no pertenecientes a la UE, DPR 394/99, artículos 49-50 y posterior DPR 334/04, que amplía la posibilidad de reconocimiento profesional mediante medidas compensatorias a las cualificaciones no pertenecientes a la UE.

Para obtener más información, se ha creado un "Centro di assistenza per il riconoscimento delle qualifiche professionali":
 (https://www.politicheeuropee.gov.it/it/attivita/riconoscimento-qualifiche-professionali/centro-di-assistenza/)
en el
Dipartimento per le Politiche Europee de la Presidenza del Consiglio dei Ministri
(e-mail:
centroassistenzaqualifiche@politicheeuropee.it)

Para más información:
http://www.cimea.it/it/servizi/procedure-di-riconoscimento-dei-titoli/riconoscimento-professionale.aspx



Para más información:
http://www.cimea.it/it/servizi/procedure-di-riconoscimento-dei-titoli/procedure-di-riconoscimento-dei-titoli-overview.aspx
https://miur.gov.it/convenzione-di-lisbona
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